Ingreso Mínimo Garantizado: Guía Rápida

El Ingreso Mínimo Garantizado (IMG) es un beneficio estatal que asegura que los trabajadores dependientes de menores sueldos reciban un ingreso mensual mínimo fijado por ley. Si trabajas con contrato formal y crees que tu remuneración podría ser inferior al monto garantizado, esta guía te explica cómo funciona y qué debes hacer.

¿Cuánto Vale el IMG Actualmente?

El valor del Ingreso Mínimo Garantizado se actualiza periódicamente mediante decreto y reajustes del salario mínimo. El monto varía según la jornada laboral del trabajador: se toma la remuneración bruta y se proporcionaliza a una jornada de 45 horas semanales para compararlo con el valor base del IMG.

Para conocer el valor exacto y actualizado: Consulta directamente en el sitio oficial de SUSESO (suseso.cl), donde se publican los montos vigentes y las condiciones de aplicación actualizadas.

El IMG considera distintos tramos según la remuneración bruta del trabajador y puede variar dependiendo de si el trabajador tiene cargas familiares o es beneficiario de otros subsidios. La brecha entre el sueldo real y el monto garantizado es la que el Estado paga como complemento.

¿Cómo Verificar si Tienes Derecho al IMG?

Para saber si calificás para recibir el IMG, debes verificar los siguientes puntos:

  1. Tienes contrato de trabajo vigente como trabajador dependiente.
  2. Tu jornada es de al menos 30 horas semanales.
  3. Tu sueldo bruto, proporcionalizado a 45 horas semanales, es inferior al IMG vigente.
  4. Tienes entre 18 y 67 años.
  5. No eres socio ni dueño de la empresa donde trabajas.
  6. Tu empleador está al día con las cotizaciones previsionales y el Seguro de Cesantía.

Si cumples todos estos requisitos, corresponde que recibas el IMG. La gestión es responsabilidad del empleador a través del sistema de AFC (Administradora de Fondos de Cesantía).

¿Quién es Responsable del Pago?

La responsabilidad del IMG está dividida entre el empleador y el Estado:

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El empleador

Paga el sueldo acordado en el contrato y declara los datos del trabajador a través del sistema AFC para que el Estado calcule el complemento correspondiente.

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El Estado (SUSESO)

Calcula y paga el complemento que falta para alcanzar el monto garantizado. Los fondos provienen del presupuesto fiscal y son administrados por la Superintendencia de Seguridad Social.

El complemento del Estado se deposita directamente en la cuenta del trabajador, en la misma fecha en que el empleador paga el sueldo o en los días hábiles siguientes. Es importante que el trabajador tenga una cuenta bancaria o CuentaRUT activa.

¿Qué Hacer si No Estás Recibiendo el IMG?

Si crees que tienes derecho al IMG pero no lo estás recibiendo, sigue estos pasos:

  1. Habla con el departamento de recursos humanos o con tu empleador para verificar si la declaración está siendo realizada correctamente en el sistema AFC.
  2. Si el empleador no realiza la gestión, puedes consultar directamente con SUSESO a través de su sitio web o llamando a sus canales de atención.
  3. También puedes acudir a la Inspección del Trabajo (DT) si consideras que hay incumplimiento laboral por parte de tu empleador.

Consulta el IMG en el sitio de SUSESO

Para conocer el valor actualizado del IMG, verificar requisitos y resolver dudas sobre el beneficio:

www.suseso.cl

Preguntas Frecuentes sobre el IMG

¿El IMG aplica para trabajadores a tiempo parcial?

Sí, siempre que la jornada sea de al menos 30 horas semanales. El cálculo se realiza de forma proporcional: el sueldo del trabajador se proyecta como si trabajara 45 horas, se compara con el IMG base y si hay una brecha, se paga el complemento proporcional a la jornada real.

¿El IMG afecta el cálculo de cotizaciones?

El complemento pagado por el Estado a través del IMG no es parte de la remuneración imponible del trabajador. Por lo tanto, no afecta el cálculo de cotizaciones previsionales (AFP) ni de salud (FONASA/ISAPRE). Es un beneficio extrasalarial.

¿El IMG tiene plazo? ¿Deja de pagarse en algún momento?

El IMG se paga mes a mes mientras el trabajador mantenga los requisitos (contrato vigente, jornada mínima, sueldo inferior al monto garantizado). Si el sueldo del trabajador sube por sobre el IMG o termina el contrato, el beneficio cesa automáticamente. No hay un plazo máximo fijo de percepción.